martes, 9 de abril de 2013

La Unión Europea precisa el alcance de las compensaciones a pasajeros

La Unión Europea está poniendo en marcha una demorada regulación de los derechos de los pasajeros en los casos de demoras y cancelaciones de sus respectivos viajes aéreos, que se debate desde hace ocho años y podría entrar en vigor antes del fin de 2015 si es aprobada por los 27 miembros de la Unión y el Parlamento Europeo. Las normas, sin embargo, no serán de aplicación a las empresas aéreas “no-europeas” cuyos viajes hubieran comenzado fuera del territorio europeo.
En primer lugar habrá un límite máximo de la responsabilidad de las transportadoras: el costo de tres días completos de hotel y comidas. Además, deberán informar a los pasajeros cuál es la naturaleza de la demora y si ésta se extiende por encima de los 30 minutos del horario previsto para la salida. Después de dos horas de retraso, los pasajeros tendrán derecho a comida y refrescos en el aeropuerto. Después de cinco horas, podrán pedir el reembolso del costo de sus respectivos pasajes.
Si, luego de embarcados, los pasajeros experimentan en pista una demora de más de una hora, tendrán derecho a recibir agua fresca gratuita, a usar los baños del avión y a asistencia médica, si la necesitan. Si esas circunstancias exceden de cinco horas, tendrán además derecho a que se les reembolsen los pasajes aéreos, cancelar el viaje y a bajar del avión.
Cuando el retraso ocasione la pérdida de una conexión, los pasajeros tendrán derecho a ser atendidos de la manera antes descripta luego de transcurridas dos horas de espera y a diversas compensaciones según la extensión de su viaje y la magnitud de la demora.
Para una eventual reprogramación, se considerarán todas las aéreas que presten servicios regulares y el resto de los medios de transporte.

Fuente: Río Negro (General Roca), de 2/4/13.